Principales condicionantes que tenemos en cuenta a la hora de enfocar el proyecto:
El carácter especial de la Administración. Los servicios electrónicos puestos a disposición del ciudadano por la Administración deben ser visualizables, accesibles y funcionalmente operables desde diferentes sistemas y/o navegadores, teniendo en cuenta que el usuario no ha de verse obligado a adquirir un determinado tipo de software para acceder a los mismos. Dado el carácter especial del prestatario, se requerirá no sólo establecer estándares mínimos en cuanto a sistemas básicos, interfaz, modelos de datos y presentación que faciliten el desarrollo de servicios, sino también utilizar productos que satisfagan normas y especificaciones abiertas para alcanzar la interoperabilidad de infraestructuras, servicios y contenidos.
El cumplimiento de normas y estándares. Las soluciones tecnológicas aplicadas deberán cumplir las normas en materia de información geográfica y las especificaciones que determina el Consejo Superior Geográfico, conforme a estándares internacionales. Asimismo han de cumplir los principios y especificaciones vigentes en esta materia en la Unión Europea. Además, entre las recomendaciones del Consejo Superior Geográfico para la creación de una Infraestructura de Datos Espacial de España (IDEE), figura la de establecer, por parte de todas las Administraciones, una estructura de nodos y ser en este caso la Administración local partícipe de esa red o infraestructura como un nodo más. Para la consecución de estos objetivos se necesita la utilización de especificaciones de implantación OGC, la familia 19000 de normas ISO relativas a información geográfica, las recomendaciones del Consejo Superior Geográfico y ser accesibles, a través de Internet, los servicios creados. Estas recomendaciones persiguen la defensa del interés general, la transparencia, la eficacia, la libertad de elección y la independencia tecnológica de la Administración frente a bloqueos en productos propietarios. Munisig somete todos sus productos y servicios a un cumplimiento estricto de las normas de ejecución, siguiendo criterios de interoperabilidad obligatorios y utilizando productos que satisfagan especificaciones públicas abiertas.
De publicación de la información espacial por parte de las Administraciones públicas. La Directiva europea INSPIRE, destinada a establecer una infraestructura de información espacial en la Comunidad Europea, obliga a publicar la información espacial en poder de las Administraciones en beneficio de las políticas nacional y comunitaria; y la nueva ley 8/2007, de 28 de mayo, de suelo, los instrumentos de ordenación territorial y urbanística en vigor. En cualquier caso, por medios telemáticos y atendiendo a garantizar la interoperabilidad de la información espacial.


