MuniSIG

Sistemas y Servidores de Mapas

  • Aumentar fuente
  • Fuente predeterminada
  • Disminuir fuente
Ley 8/2007, de 28 de mayo, de Suelo

Según el Artículo 11 de la Ley de Suelo, las Administraciones Públicas con competencia en materia de urbanismo y ordenación del territorio deberán impulsar la publicidad telemática del contenido de los instrumentos de ordenación territorial y urbanística en vigor. La Disposición Adicional 9ª exige, por otra parte, esta publicidad por medios telemáticos, en relación con el contenido actualizado, con el anuncio de su sometimiento a información pública y con cualesquiera actos de tramitación que sean relevantes para su aprobación o alteración, pudiendo los Municipios menores de 5.000 habitantes, realizar dicha publicación a través de los entes supramunicipales que tengan atribuida la función de asistencia y cooperación técnica con ellos.

Enlace Ley Suelo: http://www.boe.es/boe/dias/2007/05/29/pdfs/A23266-23284.pdf