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Sistemas y Servidores de Mapas

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Directiva europea 2007/2/CE INSPIRE, de obligado cumplimiento para las AAPP

Justificación

  • El desarrollo de políticas debe basarse en un conocimiento sólido y en una participación informada.
  • La información espacial desempeña un papel fundamental porque permite su integración en toda una serie de disciplinas y para una multitud de usos.
  • Las autoridades públicas necesitan tener un acceso fácil a los datos espaciales relevantes durante la ejecución de sus actividades públicas.
  • Es necesario instaurar unas políticas que reduzcan las duplicaciones en la recopilación de datos, y promuevan y respalden la armonización, la difusión y la utilización de los datos de una forma lo más amplia posible.

Objetivos

El objetivo es optimizar la explotación de datos ya disponibles, exigiendo que la información espacial existente sea documentada, que se pongan en práctica servicios destinados a mejorar la accesibilidad e interoperabilidad de los datos, y que se atienda a los obstáculos que entorpecen la utilización de los mismos. INSPIRE preparará el camino para una armonización progresiva de los datos espaciales en los Estados miembros.

Aplicación

  • Se aplicará a los conjuntos de datos espaciales que se refieran a una zona sobre la que un Estado miembro tenga y/o ejerza jurisdicción, estén en formato electrónico, obren en poder de alguna una autoridad pública, o estén recogidos en cualquiera de los tres anexos que acompañan a la Directiva.
  • Las infraestructuras de información espacial de los Estados miembros deben concebirse de forma que se garantice el almacenamiento, disponibilidad y mantenimiento de datos espaciales al nivel más adecuado.
  • La aplicación de las infraestructuras nacionales debe ser progresiva, por lo que deben concederse grados diferentes de prioridad conforme a los anexos de la Directiva.
  • Es imprescindible disponer de datos básicos para caracterizar otros. La pérdida de tiempo y de recursos experimentada en la búsqueda de datos espaciales existentes que puedan utilizarse para un propósito determinado constituye un obstáculo fundamental para una explotación óptima de tales datos. Por ello, los Estados miembros deben facilitar una descripción de los conjuntos de datos espaciales y de los servicios relacionados con ellos disponibles en forma de metadatos (datos descriptivos).

Servicios de red

Los servicios de red son necesarios para compartir los datos espaciales entre los diferentes niveles de la autoridad pública en la Comunidad. Estos servicios de red deben hacer posible localizar, transformar, visualizar y descargar datos espaciales, así como acceder a ellos. Principales servicios a desarrollar:

  • Servicios de visualización que permitan, como mínimo, mostrar, navegar, acercarse o alejarse mediante zoom, moverse o la superposición visual de los conjuntos de datos espaciales.
  • Servicios que permitan el acceso a servicios de datos espaciales y servicios de descarga que permitan descargar copias de conjuntos de datos espaciales, o partes de ellos y, cuando sea posible, acceder directamente a ellos (p.e.: desde un Sistema de Información Geográfica).
  • Servicios de localización que posibiliten la búsqueda de conjuntos de datos espaciales y servicios relacionados con ellos partiendo del contenido de los metadatos (datos descriptivos) correspondientes, y que muestren su contenido.
  • Servicios de transformación que permitan transformar los datos espaciales con vistas a lograr su interoperabilidad.

 

Enlace directiva en castellano:  http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/site/es/oj/2007/l_108/l_10820070425es00010014.pdf